Condiciones de inversión:
Bienvenido/a a esta sección, nos encanta que hayas llegado hasta aquí.
Antes de nada, recordarte que el dinero que inviertas en sappienz es a fondo perdido, NO lo vas a recuperar, pero SÍ que te genera derecho a un porcentaje anual de beneficios del proyecto que esperamos supere con creces el dinero que hayas “entregado” a este proyecto.
Hasta que integremos la sección de finanzas de tu cuenta, desde donde podrás firmar el contrato de usuario PARTÍCIPE gestionar tus aportaciones puntuales o periódicas, convertir tus puntos en token/criptomoneda, visualizar la cantidad que te corresponde de beneficio proporcional a tu aportación.
Copia el texto a partir de este párrafo, fírmalo digitalmente y envíanoslo de vuelta a welcome@sappienz.com y te enviaremos el contrato firmado de vuelta por el GESTOR del proyecto.
CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN “SAPPIENZ”
REUNIDOS
DE UNA PARTE, Alvaro Soldevila Ribelles, mayor de edad, de estado civil casado, vecino de Ciudad Real, con domicilio en calle Mirto número 11, con documento nacional de identidad número 11795218J.
DE OTRA, D. …………………… , mayor de edad, de estado civil ……….. , vecino/a/e de …………………….. , domiciliado/a/e en …………………… , con documento nacional de identidad número ……………..
INTERVIENEN
D. Alvaro Soldevila Ribelles, en su propio nombre y representación, como gestor del proyecto “sappienz”, en lo sucesivo “EL GESTOR”, según manifiesta.
D ………………………………………………… , en nombre y representación de …………….. , en lo sucesivo “EL PARTÍCIPE”, según manifiesta.
EXPONEN
I.- Que EL GESTOR tiene por objeto social la creación y mantenimiento de la plataforma colaborativa de aprendizaje gamificado, “sappienz”, y la distribución equitativa de los beneficios entre los partícipes según porcentaje proporcional a sus aportaciones financieras o servicios al proyecto, en el cual pretende llevar a cabo una contabilidad transparente y reparto de beneficios entre los partícipes, que se realizará anual, semestral o trimestralmente según criterio de EL GESTOR, siendo la periodicidad como máximo de carácter anual.
II.- Que EL PARTÍCIPE está interesado en contribuir económicamente en la citada actividad DEL GESTOR.
III.- Que por todo ello ambas partes acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN, que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO:
El objeto del presente contrato lo constituye la inversión a fondo perdido a cambio de participación con un porcentaje proporcional en los beneficios resultantes mientras se realice la actividad descrita en el expositivo I del contrato.
SEGUNDA.- APORTACIÓN:
EL PARTÍCIPE contribuirá al desarrollo de la actividad descrita en el Exponendo Primero con la aportación de …………………………………………………………….. euros ( ….. €) mediante ingreso en la cuenta corriente nº ES84 0128 7820 8001 0103 0105, titular: Alvaro Soldevila Ribelles, que EL GESTOR tiene suscrita con la entidad bankinter.
Tanto la aportación inicial como eventuales aportaciones sucesivas se considerarán siempre a fondo perdido, si bien generarán participación con derecho a percibir un porcentaje de los beneficios del proyecto en las condiciones descritas más adelante en el apartado PARTICIPACIÓN.
EL GESTOR destinará la aportación señalada a la actividad indicada en las proporciones fijadas en el proyecto.
En el momento de la primera aportación y firma digital o física de este contrato se creará una cuenta identificada inequívocamente a nombre del PARTÍCIPE en la plataforma “sappienz” a la que se podrá seguir haciendo aportaciones mientras el proyecto lo admita, información que se actualizará oportunamente con cada balance anual, y a través de la cual se efectuará el pago de los beneficios anuales correspondientes proporcionalmente al volumen de su aportación en conjunto.
El PARTÍCIPE podrá transferir parte o la totalidad del importe figurante en su cuenta a la cuenta bancaria de su elección en las condiciones y plazos estipulados al efecto en el proyecto “sappienz”.
TERCERA.- PARTICIPACIÓN:
En mérito a la entrega referida en la Cláusula Segunda, el PARTÍCIPE pasa a serlo en la proporción inicial (calculada actualmente sobre la base de 10.000€ = 1% y revisable anualmente) de los beneficios resultantes del negocio al que se vincula el presente contrato que se generen durante la vigencia de este.
En cualquier caso, la cuantía máxima de las pérdidas imputables al PARTÍCIPE queda limitada a su aportación a fondo perdido y se excluye cualquier responsabilidad del PARTÍCIPE en caso de que el proyecto genere pérdidas.
La liquidación se efectuará en el plazo de 2 meses a contar desde el cierre de cada ejercicio económico, estando obligado EL GESTOR a abonar al PARTÍCIPE las cantidades resultantes de la liquidación en el plazo de 60 días naturales mediante ingreso en la cuenta corriente nº …………………………………………………. que éste tiene suscrita con la entidad ……………………. en su sucursal …………………
CUARTA.- DURACIÓN:
El presente contrato se considera de duración indefinida, por lo que se considerará vigente mientras el proyecto “sappienz” mantenga su actividad.
Se fija en 2 años un periodo máximo de CARENCIA desde inicio de la actividad del proyecto “sappienz” hasta que empiece a hacerse efectivo el reparto de los eventuales beneficios pactado en este contrato.
Si la generación de beneficios fuera suficiente para permitir el reparto de los mismos antes de finalizar el periodo de CARENCIA, este periodo podrá abreviarse a 1 año o incluso no contemplarse.
En caso de que en algún balance anual el proyecto “sappienz” no generara ningún beneficio, no se contempla ningún tipo de indemnización al PARTICIPANTE.
EL PARTÍCIPE podrá rescindir el contrato en todo momento a través de un formulario al efecto, sin derecho a devolución de la o las aportaciones realizadas, renunciando eventuales beneficios acumulados en su cuenta cancelada que pasarán a formar parte de los ingresos del proyecto “sappienz”. La rescisión del contrato y cancelación de la cuenta a nombre del PARTÍCIPE supondrán la extinción del derecho a acumulación de beneficios en el porcentaje correspondiente a la o las aportaciones realizadas.
QUINTA.- RENDICIÓN DE CUENTAS:
EL GESTOR rendirá cuentas justificadas de la marcha del negocio en el momento de la extinción del contrato, además de en el plazo de 2 meses tras el cierre de cada ejercicio económico mediante la publicación online de las mismas accesible al PARTÍCIPE a través de su cuenta de usuario en la plataforma “sappienz”.
EL PARTÍCIPE podrá examinar, en el plazo de los 2 meses siguientes a la extinción del contrato o al cierre de cada ejercicio económico la contabilidad DEL GESTOR de forma online a través de su cuenta de usuario en la plataforma “sappienz”.
SEXTO.- GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN:
EL GESTOR dirige la actividad objeto de este contrato actuando en su propio nombre, utilizando el nombre comercial “sappienz” y bajo su responsabilidad, sin que el PARTÍCIPE pueda intervenir en ellas.
EL GESTOR se reserva el derecho a decidir unilateralmente el porcentaje de ingresos obtenidos que se destinará en cada momento para reinversión en el proyecto, pago de servidores y medios técnicos, remuneración de colaboradores en programación, diseño, marketing y asesoramiento legal, permitiéndose según el balance contable la remuneración en beneficio propio de entre el 5% y el 50% de los beneficios obtenidos quedando la parte restante entre el 95% y el 50% para remunerar a todos los PARTÍCIPES en el proyecto.
EL GESTOR se obliga a la ejecución de su actividad acordada con la diligencia de un ordenado empresario.
EL GESTOR no modificará la actividad ni pondrá fin anticipadamente a la misma sin informar previamente al PARTÍCIPE.
EL GESTOR tampoco puede dedicarse por sí o por medio de otras personas a una actividad similar a la que constituye el objeto de este contrato.
EL GESTOR se compromete a la llevanza y dirección de su negocio según la diligencia de un ordenado empresario, comprometiéndose por su parte, el PARTÍCIPE, a no injerir en dicha labor, si bien contará siempre en la plataforma con un canal de comunicación para consultas y sugerencias de gestión.
SÉPTIMA.- PUBLICIDAD:
EL GESTOR asume la responsabilidad de realizar a través de expertos publicitarios una adecuada publicidad de la actividad que se pretende desarrollar a través del presente contrato. En este sentido, EL GESTOR invertirá en actividades promocionales y publicitarias como máximo el 1 % del volumen de facturación anual bruta.
OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD:
Las Partes se obligan a no divulgar a terceros el know-how y demás información confidencial recibida y a no utilizarla para otras actividades propias en el mismo sector. El deber de confidencialidad no se hará extensivo cuando la información haya devenido de dominio público.
NOVENA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
El Contrato podrá resolverse por las siguientes causas:
1. Por voluntad de cualquiera de las Partes cuando medie incumplimiento grave de las obligaciones pactadas.
2. Por acuerdo de las Partes por escrito.
3. La extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las Partes o la suspensión de pagos, quiebra, concurso o embargo de bienes de alguna de ellas a menos que se garantice de cualquier forma la deuda.
En cualquier caso, la Parte que pretenda resolver el presente Contrato alegando incumplimiento de la contraparte, deberá requerirle al cumplimiento de la obligación de forma fehaciente, otorgándole un plazo de 60 días a la Parte incumplidora para que pueda subsanar dicho incumplimiento. Transcurrido dicho plazo sin que los incumplimientos hubiesen sido subsanados, el perjudicado podrá ejercitar la mencionada facultad.
En el supuesto de que los incumplimientos fueren de imposible subsanación en el plazo de 30 días, el perjudicado podrá ejercitar directamente la facultad opción, sin necesidad de remitir, previamente, el antedicho requerimiento.
DÉCIMA.- GASTOS E IMPUESTOS:
Todos los gastos e impuestos que se originen como consecuencia de la formalización, cumplimiento o extinción del presente contrato y de las obligaciones que de él se deriven serán de cargo DEL GESTOR.
Igualmente, los gastos judiciales que se ocasionen por incumplimiento del presente contrato serán por cuenta de la parte incumplidora, incluidos honorarios del Procurador y Abogado, aunque sus intervenciones no fueran preceptivas.
DÉCIMO PRIMERA.- SUMISIÓN A TRIBUNALES:
Para cuantas cuestiones o divergencias pudieran suscitarse en relación con el presente contrato, ambas partes establecen someterse a los Juzgados y Tribunales de Madrid, renunciando expresamente a su fuero propio si lo tuvieran.
El presente contrato tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias cláusulas, y en lo en ellas no dispuesto, por lo previsto en el Código de Comercio, demás leyes especiales y usos mercantiles.
DÉCIMO SEGUNDA.- NOTIFICACIONES:
Toda notificación que se efectúe entre las partes se hará por escrito y será entregada personalmente o de cualquier otra forma que certifique la recepción por la parte notificada en los respectivos domicilios indicados en el encabezamiento de este Contrato.
DÉCIMO TERCERA.- GENERALIDADES:
El presente contrato anula y reemplaza cualquier contrato o acuerdo anterior entre las partes con el mismo objeto y sólo podrá ser modificado por un nuevo acuerdo firmado por ambas partes.
Si alguna de las cláusulas del presente contrato fuere declarada nula o inaplicable, dicha cláusula se considerará excluida del contrato, sin que implique la nulidad de este. En este caso las partes harán cuanto esté a su alcance para encontrar una solución equivalente que sea válida y que refleje debidamente sus intenciones.
Los encabezamientos de las distintas cláusulas lo son sólo a efectos informativos, y no afectarán, calificarán o ampliarán la interpretación de este Contrato.
Y en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, ambas partes firman los 7 folios del presente CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN extendido por duplicado y a un solo efecto, en la ciudad y fecha mencionados en el encabezamiento.
Fdo. ……………………… Fdo. ……………………….
(EL GESTOR) (EL PARTÍCIPE)